Hacienda ya tiene tus datos cripto: lo que cambia en la Renta 2025 antes del 30 de junio

Declarar criptomonedas en España 2026 - Hacienda y el cruce de datos

Si has movido criptomonedas durante 2025, la declaración de la renta de este año no se parece a ninguna de las anteriores. Hasta hace poco, declarar criptomonedas en España tenía algo del viejo oeste: zonas grises, plataformas que no comunicaban nada, una Agencia Tributaria siempre un paso por detrás. Eso se ha terminado. El ejercicio 2025, que declaramos ahora en 2026, es el primero en el que Hacienda llega con tus datos ya en la mano antes de que abras el borrador.

Detrás de esto hay dos piezas. La primera son los Modelos 172 y 173: los exchanges y custodios con sede o establecimiento permanente en España llevan meses informando a Hacienda de tus saldos (172) y de tus operaciones de compra, venta, permuta y transferencia (173). No los presentas tú, los presenta la plataforma, pero esa información acaba en tu expediente. La segunda es DAC8, la directiva europea que extiende ese intercambio automático de datos a toda la Unión. Por eso la vieja idea de «si no lo paso a euros, Hacienda no se entera» ya no se sostiene.

Qué tienes que declarar y qué no

No todo lo que haces con tus criptoactivos tributa, pero la lista sorprende a mucha gente. Vender cripto por euros genera una ganancia o pérdida patrimonial. Lo que más errores provoca es el swap: cambiar bitcoin por USDT es un hecho imponible aunque no toques dinero fiat, y ese malentendido es el que más discrepancias genera con Hacienda. También tributan los pagos recibidos en criptomonedas; el staking, la minería y los pools de liquidez como rendimientos del capital mobiliario; y los airdrops, que Hacienda considera ganancia patrimonial no derivada de transmisión y tributan en la base general, al tipo de tu nómina.

En cambio, comprar y mantener no genera nada mientras no vendas, y mover criptomonedas entre tus propios monederos de autocustodia tampoco es un hecho imponible.

El método FIFO y las comisiones que casi nadie resta

Cuando vendes solo una parte de una misma moneda, Hacienda aplica el método FIFO: las primeras que compraste son las primeras que se entienden vendidas. Eso fija tu precio de adquisición y, con él, tu ganancia, que es la diferencia entre lo que recibes al vender y lo que te costó comprar. Un detalle que mucha gente olvida: las comisiones de los exchanges y las gas fees son gastos deducibles, se restan del precio de venta o se suman al de compra. En trading frecuente o DeFi suman cantidades nada despreciables, y dejarlas fuera es pagar de más.

Cuánto vas a pagar

Las ganancias por vender criptomonedas van a la base del ahorro del IRPF, por tramos: 19 % hasta 6.000 €, 21 % hasta 50.000 €, 23 % hasta 200.000 €, 27 % hasta 300.000 € y 28 % por encima. Los rendimientos de staking o minería siguen esa misma base; los airdrops van a la base general y suelen tributar más alto.

Si has perdido dinero, no lo regales

Las pérdidas juegan a tu favor. Si has perdido en trading, por un hack o una estafa, y has materializado la pérdida con una venta, puedes compensarla al 100 % con tus ganancias del mismo tipo. Si aún queda saldo negativo, puedes reducir hasta un 25 % de tus rendimientos del capital mobiliario, y lo que sobre lo puedes arrastrar durante los cuatro ejercicios siguientes. No declarar tus pérdidas es dejar dinero sobre la mesa.

El Modelo 721 y la frontera de los 50.000 euros

Al margen de la renta, hay una obligación informativa que conviene no olvidar. Si el valor conjunto de tus criptomonedas custodiadas fuera de España ( Binance, Coinbase, Kraken y compañía) supera los 50.000 € a 31 de diciembre, tienes que presentar el Modelo 721. No es un impuesto, es una declaración informativa, pero olvidarla sale caro: las sanciones por dato omitido parten de cifras altas. El plazo de este año (del 1 de enero al 31 de marzo) ya pasó, pero conviene tenerlo en el radar para el próximo.

Lo que arriesgas si no declaras

El régimen sancionador no es simbólico. En casos de ocultación intencionada, las multas pueden llegar al 150 % de lo no declarado, y si el fraude supera ciertos umbrales la cosa entra en terreno penal. Con el cruce de datos ya funcionando, Hacienda detecta la diferencia entre lo que declaras y lo que las plataformas han reportado casi al instante. El riesgo de «que no se enteren» ha dejado de existir.

La fecha: 30 de junio

El plazo para presentar la renta del ejercicio 2025 acaba el 30 de junio de 2026. Si tienes criptomonedas, necesitas tenerlo todo preparado antes: el histórico completo de transacciones, los precios en euros de cada fecha, las comisiones y la clasificación correcta de cada operación. Reconstruir eso a mano, cuando has operado en varios exchanges y wallets, es justo donde se cuelan los errores que acaban en un requerimiento de Hacienda.

Cómo encaja SafeTax aquí

Es en ese trabajo de reconstrucción donde una herramienta especializada cambia las cosas. SafeTax importa tu historial desde más de 500 exchanges y wallets, aplica el método FIFO que exige Hacienda, calcula tus ganancias y pérdidas con las comisiones ya descontadas y te entrega un informe listo para llevar a las casillas correctas de tu declaración. Todo en unos minutos, sin suscripción y con un pago único por informe.

Y hay algo que nos importa especialmente: SafeTax funciona con cero retención de datos. Cuando tu informe está generado, tus transacciones no se quedan guardadas en ningún sitio. Tu información fiscal sigue siendo tuya, y de nadie más.

Si todavía no has hecho tu declaración de criptomonedas, tienes hasta el 30 de junio. Puedes prepararla en safetax.io.

Este artículo tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento fiscal personalizado. Para casos complejos, consulta con un asesor fiscal o experto contable colegiado.